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Icetex.

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Corte ‘tumba’ artículo de Reforma Tributaria que favorecía a estudiantes con deudas en Icetex

El argumento de los magistrados es que no tuvo el debate debido en el Congreso.

La Corte Constitucional ‘tumbó’ un artículo de la Reforma Tributaria que beneficiaba a estudiantes con deudas con el Icetex, porque según los magistrados su implementación careció del debate necesario en las comisiones económicas del Congreso, lo que la hace inconstitucional.

El artículo 95 de la reforma tributaria del presidente Gustavo Petro, era un intento de aliviar la carga financiera de los estudiantes del Icetex al excluir los intereses de los créditos educativos del cálculo de las deudas.

Esto habría significado que los estudiantes solo tendrían que pagar la variación anual del IPC, en lugar de los intereses acumulados, lo que habría aliviado en gran medida sus responsabilidades financieras.

Sin embargo, la Corte Constitucional argumentó que el artículo no siguió el proceso legislativo adecuado y que su aprobación en las plenarias de la Cámara de Representantes y el Senado no fue suficiente para justificar su implementación. 

De acuerdo con el magistrado Jorge Ibáñez, la falta de un debate integral en todas las fases del proceso legislativo fue un factor determinante en la decisión de la Corte.

La anulación del artículo 95 plantea cuestiones importantes sobre la creación de tributos y su impacto en la sociedad. 

La Corte subraya que la Constitución de 1991 establece que cuando se crea una contribución, debe haber una correspondencia clara entre el sujeto pasivo (en este caso, los estudiantes) y el beneficiario (en este caso, las instituciones de educación superior). 

Argumentó que el artículo 95 no cumplió con este requisito, ya que las instituciones educativas no recibían ningún beneficio directo de la medida.

El Icetex, consciente de que el artículo había sido objeto de demandas, había solicitado a la Corte que, en caso de su anulación, se difirieran sus efectos durante tres años.

Sin embargo, la Corte determinó que no se cumplían las condiciones necesarias para aplicar esta solicitud excepcional, lo que significa que la anulación del artículo 95 tiene efecto inmediato.

La Corte Constitucional enfatizó la importancia de garantizar el acceso a la educación superior para todos los ciudadanos e instó al Gobierno y al Congreso a desarrollar mecanismos financieros que lo hagan posible.

Además, ha resaltado la necesidad de una regulación especial para el crédito educativo, que tenga en cuenta la situación económica de los estudiantes mientras cursan sus estudios y que se ajuste a su capacidad de pago a medida que ingresan al mercado laboral.

Esta decisión plantea importantes cuestiones sobre la creación de tributos y el acceso a la educación superior en Colombia, instando a una regulación más precisa y justa del crédito educativo en el país.

 

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